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~ Bibliotecarios en la Era Pop – Librarians in Pop Age
La Inquisición Católica, dado el desafío planteado por la irrupción de la Reforma Luterana, y a fin de mantener en el Occidente Europeo su hegemonía, combatió la heterodoxia, la disidencia religiosa y el espíritu crítico por medio de lacensura y de la eliminación física de libros y personas. El Santo Oficio hispano, que actúa con plena independencia del romano, en su incesante lucha contra la herejía lastrará el desarrollo ideológico, crítico y científico hasta el final del Antiguo Régimen.
BNE PORCONES/954<2>(36) [La turbacion que causaron los Hereges en estos Reynos de España por los años de 1558...] González Guijelmo, Pedro
Esta entrada es una invitación sincera a conocer estos fondos prohibidos y los índices que con mayor o menor diligencia los compilaron, de la mano de interesantes colecciones bibliográficas, como la de autores heterodoxos de Luis Usoz, el inventario de papeles de censuras de obras impresas efectuado por A. Paz y Meliá, o la biblioteca de libros prohibidos del Consejo de la Suprema Inquisición, que están siendo digitalizadas y difundidas en línea por la Biblioteca Nacional de España a través de su Biblioteca Digital Hispánica.
I. El acoso al Humanismo hispano: El primer Índice de Fernando de Valdés (1551)
En los reinos peninsulares el control gubernamental sobre los libros impresos da comienzo con los Reyes Católicos, al pedir al Papa Sixto IV dotar de Inquisición a la Corona de Castilla. En efecto, merced a la Bula Exigit sincerae devotionis affectus (1 de noviembre de 1478) se concede a los monarcas la capacidad de nombrar obispos y sacerdotes que ejerzan de inquisidores en sus reinos. En esta misma línea, y para vigilar qué se publicaba en sus reinos, la Pragmática dada en Toledo en 8 julio de 1502 regula la concesión de licencias de impresión en Castilla, prohibiendo a libreros, impresores y mercaderes “imprimir de molde ningún libro de ninguna facultad o lectura, o obra que sea, pequeña o grande, en latín o en romance, sin que primeramente hayan para ello nuestra licencia y especial mandato”. Las licencias serían concedidas desde entonces por los presidentes de las Chancillerías de Valladolid y Granada y por los obispos de las diócesis de Toledo, Sevilla, Granada, Burgos y Salamanca. El libro así publicado obtenía un privilegio de impresión exclusivo de 10 años, si bien es cierto que en la Corona de Aragón aún se podía imprimir cualquier libro, incluso sin el consentimiento de su autor.
Unas décadas más tarde, la incendiaria irrupción de las Tesis en contra de las indulgencias del agustino Martín Lutero trajo consigo la producción de abundante literatura polémica religiosa, la cual intentaría ser atajada y controlada por las autoridades políticas y eclesiásticas de los distintos países del Imperio. Los hechos se suceden de forma vertiginosa: En 1520 una Bula pontificia de León X condena al fraile y sus escritos -la turba comenzará a quemar sus libros y efigies inmediatamente-. La prohibición de libros luteranos en los territorios peninsulares es promulgada el 7 de abril de 1521 por el Inquisidor General, el cardenal Adriano de Utrech -antiguo preceptor del emperador y futuro pontífice-. En un último intento por frenar el cisma, tiene lugar en Worms la entrevista de Carlos V y el nuncio con Lutero, pero como éste persiste en sus tesis, el Edicto de Worms (25 mayo de 1521) lo declara abiertamente hereje, ordenando además la destrucción de sus obras en todos sus dominios. Desde entonces se suceden las cartas enviadas a los diversos tribunales inquisitoriales para hacer cumplir el citado decreto, ratificado el año siguiente por el Papa Clemente VII -a este respecto son de enorme interés las publicaciones volanderas que partidarios de Reforma y Contrarreforma llevan a cabo para declarar la naturaleza diabólica de sus opuestos religiosos-.
Centrándonos en el ámbito hispano, en 1523 ya tenemos noticia de que el Inquisidor Ayala se ha visto obligado a visitar el Tribunal de Calahorra porque había sido hallada e incautada una caja con libros luteranos (Francisco Bethancourt). Comisarios, inquisidores y calificadores pasan entonces a inspeccionar ciertas librerías: Impiden la entrada y salida de las mismas mientras dura la inspección, piden bajo juramento al librero que les facilite la memoria de los libros que posee en su establecimiento y preguntan acerca de posibles ventas de libros prohibidos.
El Humanismo se convierte en el blanco de las hostilidades de la Inquisición (Joseph Pérez). Los humanistas aplican los métodos de la filología a toda la literatura, incluida la religiosa, convirtiéndose de esta manera en sospechosos de herejía. Se entabla una guerra abierta entre gramáticos humanistas y teólogos escolásticos, con lo que los estudios de hebreo llegan a ser peligrosos. Tal es así que la Inquisición arremete contra los primeros grandes humanistas hispanos, como Antonio de Nebrija -muy cercano a los argumentos filológicos de Lorenzo Valla a la hora de acercarse a las Escrituras-, o Miguel Servet -descubridor de la circulación sanguínea, con su obra condenadaSobre los errores de la Trinidad y quien, en su huida de la península, será finalmente quemado en Ginebra a manos del reformista francés Juan Calvino-.Pero también contra las lecturas humanistas de la Biblia efectuadas porErasmo de Rotterdam -éste, protegido del círculo erudito de Carlos V, pero citado y elogiado por Lutero, rechazará prudentemente una cátedra en Alcalá ofrecida por Cisneros con un “Non placet Hispania”- y sus seguidores hispanos: los hermanos Alfonso -secretario de cartas latinas de Carlos V y defensor del saco imperial de Roma- y Juan de Valdés -protegido del marqués de Villena y autor de un Diálogo de doctrina cristiana condenado por la Inquisición, tendrá que huir a Italia-, los hermanos Juan y Francisco de Vergara, -ambos de ascendencia judeo-conversa, Francisco, acusado de “alumbrado”, esquivará la ejecución previo pago de 1500 ducados de oro y de su exhibición pública en auto de fe (21 de diciembre de 1535), amén de 4 años de cárcel- y Juan Luis Vives -de familia conversa, estudia en París y, ante la quema pública judaizante de su padre y de los huesos de su madre, preferirá vivir a distancia a caballo entre Londres y Brujas-.
Los humanistas Miguel Servet -BNE IH/8876/1- y Luis Vives -escultura sita en la fachada de la BNE, obra de Pere Carbonell Huguet, 1892-
La mecha de la polémica religiosa se iba extendiendo también por las universidades europeas: En la década de los 40 se suceden los índices de libros prohibidos de las universidades de Venecia (1543), la Sorbona (1544), Lovaina (1546 y 1550), Lucca (1545), Siena (1548) y Salamanca (1583). Pero será el citado Índice de la Universidad de Lovaina en el que se apoye el nuevo Inquisidor General, Fernando de Valdés, quien habrá de reeditarlo en 1551 con un apéndice dedicado a libros españoles: En el mismo la obra de 16 autores fue condenada en su totalidad, prohibiéndose 61 obras concretas, y decretando regulaciones sobre Biblias, libros hebreos y árabes, así como obras impresas sin autorización.
Paralelamente, libros luteranos y calvinistas traducidos al castellano estaban penetrando de contrabando por la ruta marítima comercial de Flandes. Desde 1553 comisarios inquisitoriales acuden a puertos y fronteras para visitar los navíos antes de desembarcar mercancías y pasajeros: Se interroga a las tripulaciones, se inspeccionan los libros transportados y se arresta en su caso a los sospechosos. La Inquisición exigía ser la 1ª en revisar los barcos, lo que a menudo provocará roces con los funcionarios de aduanas, perolo cierto es que apenas se encontrarán libros heréticos.
II. El acoso a la espiritualidad hispana: De los Decretos de Emergencia de 1558 a los primeros focos heréticos hispanos: El II Índice de Fernando de Valdés-Melchor Cano (1559)
Desde 1554, por Pragmática de Felipe II dada en Valladolid, la concesión de licencias de impresión quedaba definitivamente en manos del Consejo de Castilla, previo informe elaborado por un censor. El inquisidor Valdés decretará ese mismo año la censura general de Biblias y Nuevos Testamentos.Pero es en 1558 cuando, por Real Provisión dada en Bruselas el 7 septiembre, se prohíbe la impresión de libros sin licencia del Consejo Real, bajo pena de muerte y confiscación de bienes. Esta medida implica la prohibición expresa de introducir cualquier libro en castellano publicado fuera del Reino, obligando a los impresores a solicitar las pertinentes licencias al Consejo de Castilla, estableciendo asimismo un escrupuloso procedimiento de censura. Otra consecuencia del Decreto es la llamada apresurada a que los súbditos hispanos que estudiaban o enseñaban en el extranjero retornasen en menos de 4 meses -exceptuando aquellos destinados a los Colegios de Españoles de Bolonia, Roma, Nápoles y Coimbra-.
A partir de entonces, representantes de la Inquisición llevarán a cabo visitas a los negocios tipográficos, así como a las bibliotecas universitarias y de congregaciones religiosas. De hecho, se anima a los obispos a que inspeccionen las bibliotecas de sus diócesis, y en la propia Universidad de Salamanca un grupo de su personal se encargará de examinar la biblioteca en busca de libros peligrosos. Pero lo cierto es que las “visitas” fueron escasas y espaciadas, y sólo en los grandes centros urbanos.
Durante un breve lapso de tiempo se habían estado otorgado por motivos de estudio dispensas para leer o tener libros prohibidos, pero todo cambiará tras los citados Decretos de Emergencia de 1558 y con el repentino descubrimiento de focos protestantes en Sevilla y en Valladolid -este último, el del Doctor Agustín de Cazalla, recreado en El Hereje de Miguel Delibes-. La alarma generada acelerará la publicación del nuevo y crucial Indice de libros prohibidos (1559) del inquisidor Fernando de Valdés y del dominico Melchor Cano -enemigo declarado éste de los jesuitas-, que será en realidad un nuevo corta-pega de otros índices existentes en otros países. El índice incluirá entre sus 700 títulos prohibidos todos los devocionarios en lenguas vernáculas -incluidos los manuscritos-, todos los libros publicados sin mención de autor ni editor, 14 títulos de Erasmo de Rotterdam, el Diálogo de Mercurio y Carón del erasmista Alfonso de Valdés, junto con otras obras del dramaturgo portugués Gil Vicente, de Hernando de Talavera -confesor de la Reina Isabel La Católica-, de Bartolomé Torres Naharro, de Juan del Enzina y de Jorge de Montemayor, así como El Lazarillo de Tormes y el Cancionero General compilado por Hernando del Castillo. A este respecto es necesario traer a colación el descubrimiento casual en 1992 de una pequeña biblioteca heterodoxa emparedada en Barcarrota, la cual que contenía una decena de libros prohibidos –entre ellos un Lazarillo y un Erasmo-.
Sendas ediciones de El Lazarillo de Tormes (1554) y El Cancionero General (1557) efectuadas por Martín Nucio en Amberes
En esta etapa la Inquisición hispana actúa contra numerosos escritores espirituales, como San Ignacio de Loyola -fundador de la Compañía de Jesús, y autor de unos Ejercicios espirituales-, San Francisco de Borja -el IV Duque de Gandía, que profesará también como jesuita, y que tendrá que vérselas con la Inquisición al serle atribuida una obra prohibida por Valdés: Las Obras del cristiano-, San Juan de Ávila -de ascendencia judía, predicador por Andalucía, y autor del compendio ascético Audi, filia-, Fray Luis de Granada -dominico, discípulo y amigo del anterior, y cuyos Libro de la oración y la meditación y Guía de pecadores serán también incluidos por Valdés en el Índice- y, sobre todo, el dilatado proceso contra el primado de Toledo Bartolomé de Carranza -su poder e influencia le habían granjeado las envidias y enemistades de los inquisidores del Índice, quienes le llevarán a ser procesado, primero en España, después en Roma-. En resumen, el citado Índice de Valdés-Cano constituía una reacción decidida contra los focos espirituales autóctonos y un intento por controlar ciertos aspectos de la creación literaria (Henry Kamen). La condena de obras propició la quema de libros, de acuerdo con la costumbre establecida antes por Tomás de Torquemada y Cisneros con los libros hebreos y granadinos, de cuya quema sólo exceptuaron los tratados médicos.
La quema de libros heréticos está arraigada desde la cruzada cátara -La prueba del fuego y Santo Domingo y los albigenses, de Pedro Berruguete, Galería on line del Museo del Prado-
Sin embargo, -y en opinión del hispanista británico Henry Kamen- el control de las importaciones de libros fue efectivo únicamente en Castilla, puesto que los Reinos de Aragón, Valencia y Navarra continuaban introduciendo libros extranjeros con más o menos libertad, que las imprentas foráneas seguían dominando el mercado editorial de obras religiosas, y que el intercambio de obras literarias jamás cesó. Los libros seguían trayéndose del extranjero en persona, siguiendo los canales comerciales, o a través de contactos y amistades. Además, buen número de los autores conseguía eludir la censura al arriesgarse a publicar sin licencia, o bien publicando en el extranjero en ciudades como Amberes, París, Lyon y Venecia.
III. Trento y la Contrarreforma: Los sucesivos Índices de Arias Montano, Quiroga, Sandoval y Zapata y el acoso a los catedráticos salmantinos y Carmelitas Descalzos
Felipe II, defensor de la Iglesia Católica contra la herejía. Filipe Segundo, Rey de España: Escrito por Luis Cabrera de Córdoba BNE R/15112
La apuesta decidida por la Contrarreforma tras las reuniones ecuménicas delConcilio de Trento (1545-1563) influirá en la publicación por Plantino en Amberes del Índice de Benito Arias Montano (1570). Este Índice incluía la novedad de depurar únicamente los pasajes sospechosos, salvando así ciertos libros de su prohibición total. Siguiendo este precedente, se elabora un nuevo Índice español del Inquisidor General Gaspar Quiroga (1583-1584), con 2 tomos -uno de libros prohibidos y otro de libros a expurgar- incluyendo además unas reglas de expurgación que se repetirán en los índices posteriores. Este último repertorio prohíbe 1300 títulos -muchos de ellos libros de magia y hechicería-, las obras completas de Pedro Abelardo y Rabelais, y obras escogidas de Guillermo de Ockham, Jerónimo Savonarola, Jean Bodin,Maquiavelo, Juan Luis Vives, Marsilio de Padua, Ariosto, Dante y Tomás Moro.
Índice de Benito Arias Montano (Amberes, Cristóbal Plantino, 1570) e Índice de Gaspar Quiroga (Madrid, Alfonso Gómez, 1583-1584)
Las envidias y disputas entre Teólogos y Gramáticos por las cátedras universitarias atraerán también la atención inquisitorial sobre los distintos candidatos: En Salamanca, el profesor de griego León de Castro denuncia al agustino Fray Luis de León por “haber tomado libertades heréticas en sus estudios de Escritura y Teología”. Sus 4 años de condena en la prisión inquisitorial de Valladolid le sirven para escribir el tratado de devoción De los nombres de Cristo (1572-1576). Sentenciado a una reprimenda, volverá a su cátedra salmantina, procurando evitar en lo sucesivo las controversias. Contaba Fray Luis entre sus amistades con otras dos eminencias: el ya citado Benito Arias Montano -encargado por orden de Felipe II de elaborar la Biblia Regia de Amberes, y que levantará también las críticas del implacable León de Castro- yFrancisco Sánchez El Brocense -profesor éste de gramática en Salamanca, que será también denunciado ante el Tribunal de Valladolid “por opiniones descuidadas y presuntuosas en materia teológica” (1584). En 1600 sufrirá el arresto domiciliario y el secuestro de todos sus escritos. Morirá viejo, enfermo y humillado, sin las honras fúnebres que le correspondían como profesor universitario-.
Paralelamente, la reforma de los Carmelitas iniciada por Teresa de Jesús y Juan de la Cruz también les acarreará las correspondientes vicisitudes inquisitoriales: Teresa de Jesús, de origen converso, será acechada en varias ocasiones, viendo su obra Vida denunciada por la mismísima Princesa de Éboli. Por su parte, San Juan de la Cruz llegará a ser encarcelado por los frailes calzados, y es en su cautiverio cuando se cree que escribiría su célebre Cántico Espiritual, que por la férrea censura inquisitorial no sería publicado en la Península hasta 1630-
En 1605 se exige a los libreros registrar los nombres de sus clientes y presentar periódicamente sus listas de libros en venta, obligación extendida también en 1627 a los titulares de ciertas bibliotecas privadas incluidas en legados testamentarios o en tasaciones. A fines del XVI el material recogido en los registros ya no solía quemarse, sino que se enviaba al Tribunal inquisitorial de turno para ser evaluado y almacenado en depósitos, como el de El Escorial. A partir de la nueva centuria los propios Índices incluyen en sus preliminares la obligación para todos los mercaderes de libros de poseer forzosamente un ejemplar de los mismos en sus librerías para su consulta -Índice de Bernardo Sandoval y Rojas (1612)-. Asimismo, a los impresores se les ordenaba su examen para que no llevaran a cabo nuevas ediciones de autores prohibidos, o bien para que excluyeran de las obras las frases expurgadas. Para facilitar su consulta, se incorpora la fórmula de los índices romanos, que agrupaba a los autores y sus obras por clases, según el tipo de delito en que hubieran incurrido -herejía, impiedad, obras anónimas- (Susana Cabezas Fontanilla). Hasta mediados de este siglo parece haber un mayor endurecimiento censor en los Índices (Ángel Alcalá): en el Índice de Antonio Zapata y Cisneros (1632) se prohíben los libros que tratan, cuentan y enseñan cosas lascivas u obscenas “aunque no se mezclen en ellas heregía o errores en la Fe”. Su sucesor, fray Antonio de Sotomayor, confesor de Felipe IV, publicará otro Índice en 1640 (BNE 2/59803) igual de restrictivo.
Sin embargo, desde la 2ª mitad del XVII la amenaza de contagio protestante ya se había ahuyentado y, coincidiendo con la revolución científica europea, entran en declive los mecanismos de censura y de control en librerías y bibliotecas. La censura posterior al Índice de 1667 ya no tiene la misma calidad que en los catálogos anteriores. La proporción de obras expurgadas es sensiblemente menor: El resultado es paradójico, ya que se permite la circulación de autores heréticos de los siglos precedentes ampliamente expurgados, mientras que se condenan totalmente obras de autores recientes cuya ortodoxia no había sido puesta en duda (Marcelin Deforneaux).
IV. La censura inquisitorial en el XVIII: De la Ilustración al estallido revolucionario: el Índice de Ceballos
En el siglo de las luces asistimos a tres hechos significativos: De una parte, y propiciado por el ascenso al trono de los Borbones y sus nuevas alianzas dinásticas, los intercambios intelectuales, filosóficos y tecnológicos con Francia se intensifican. Entre los reinados de Fernando VI y Carlos III (1750-1770) se observa un auge de la prensa, del enciclopedismo y del pensamiento ilustrado.
En clara relación con esta corriente de aperturismo intelectual, se lleva a cabo una decidida política regalista en materia religiosa: Carlos III publica unaReal Cédula (18 enero 1762) que subordina a la previa autorización del rey la publicación de bulas y breves pontificios. De igual manera, los edictos e índices del Santo Oficio español deberán haber solicitado y obtenido el premiso del monarca. Otra Real Cédula (16 junio 1768) estipula 5 reglas de procedimiento para “mejorar” la censura inquisitorial, dejando circular los libros hasta ser objeto de calificación y permitiendo que sean los propios particulares quienes expurguen por sí mismos los libros cuyos pasajes hubieran sido censurados a posteriori. La Iglesia otorga dispensas para leer libros prohibidos, con especial “manga ancha” cuando quien las solicita presta servicios al Estado.
Por otra parte, se hace evidente la creciente hostilidad de los agentes de aduanas reales frente a los comisarios de la Inquisición: el contrabando fronterizo de libros es un hecho, la venta de libros prohibidos es un negocio muy lucrativo y se ejerce en ciudades como Cádiz, Sevilla, Madrid y Salamanca.
En materia censora, se observa un creciente predominio jesuita en el Tribunal de la Inquisición –lo que suscita las protestas de agustinos y dominicos-. Su lucha parece centrarse ahora en combatir el jansenismo y las obras francesas partidarias de las políticas regalistas precedentes, que amenazan directamente los derechos e inmunidades eclesiásticos. Entre 1720-1747 el número de libros franceses condenados en los edictos inquisitoriales va en aumento: “a partir de 1750 el enemigo nº 1 será el filósofo y el enciclopedista” (Marcelin Deforneaux). En efecto, bajo el reinado de Felipe V (1707) se publica un Índice de 2 tomos que cuenta con la intervención del jesuita Ignacio de Zuleta (BNE 2/59817 V.1 – 2/59818 V.2). Ya con Fernando VI, otro Índice de 1747 les fue encomendado a los jesuitas José Carrasco y José Casani, y contará además con un suplemento de libros jansenistas escritos en francés.
Esta situación aperturista da un vuelco con el estallido revolucionario francés. El secretario de Estado de Carlos IV, José Moñino y Redondo, Conde de Floridablanca, en previsión contra un posible contagio decide imponer un “cordón sanitario”: La Real Orden de Carlos IV (28 septiembre 1789) exige a los administradores de aduanas confiscar todos los papeles impresos o manuscritos que hagan referencia a los acontecimientos de Francia. Este mandato hubo de ser reforzado por Real Resolución (29 de diciembre de 1789), ordenando retener absolutamente todos los libros e impresos que llegaran de fuera del Reino.
Por su parte, y a iniciativa de los inquisidores generales Felipe Beltrán yRubín de Ceballos, Antonio de Sancha imprime en 1790 el que será último Índice integral, que recopila todas las obras prohibidas en los edictos inquisitoriales de los últimos 40 años, tomando como modelo el publicado por el papa Benedicto XIV en 1758 -en un solo tomo, con un índice alfabético de autores y títulos de obras anónimas-. Su suplemento reproduce las 39 obras condenadas en el Edicto del Santo Oficio (13 diciembre de 1789), que prohibía “todos los libros y papeles sediciosos que excitan a los pueblos contra los padres legítimos”.
Por Real Resolución (24 febrero 1791) se prohíben todos los periódicos excepto los oficiales: La Gazeta de Madrid, El Mercurio de España, el Diario de Madrid y El Correo mercantil de España y sus Indias. Por Real Cédula (10 septiembre 1791) se prohíben también toda clase de papeles “sediciosos y contrarios a la fidelidad y la tranquilidad pública”. Pero, en palabras de Manuel Torres Aguilar, “prohibir libros, periódicos y panfletos no hacía sino contribuir a aumentar el interés por los mismos”, de hecho los periódicos y folletos con propaganda revolucionaria circulan por Bilbao, Cataluña, Cádiz y el interior peninsular.
Durante la invasión napoleónica de España las Cortes de Cádiz proclamarán la libertad de imprenta (10 noviembre 1810) -dando lugar a la publicación depanfletos contra el regente José Bonaparte-. El primer Decreto por el que se derogaba la Inquisición Española data de hecho de 1813, pero será restaurada de nuevo bajo Fernando VII. No será hasta el 15 de julio de 1834, bajo la Regencia de María Cristina, cuando la institución censora sea eliminada definitivamente.
En el siglo XVIII el espíritu crítico se había vuelto cada vez más sospechoso. El número de autores franceses condenados fue aumentando a lo largo del mismo: Justine ou les Malheurs de la vertu del Marqués de Sade, todos los volúmenes del abate Antoine François Prevost, casi todas las obras deJean.Jacques Rousseau y de Voltaire, las Lettres persanes de Montesquieu -que influirán en las Cartas Marruecas de Cadalso-, así como Jacques le fataliste y losPensées philosophiques de Denis Diderot, etc.
En cuanto a obras españolas -y siguiendo entre otros a Mª José Collantes de Terán de la Hera- se actúa contra autores como José Cadalso y Leandro Fernández de Moratín, afectando concretamente a sus obras: El buen militar a la violeta y las Noches lúgubres, ambas de José Cadalso, o El Arte de las putas de Moratín -obra que comienza con un verso de Ovidio, “contiene más de 400 proposiciones provocativas y es peor que el Ars Amandi para corromper las almas y dar por pie con toda la doctrina evangélica” (AHN, Inquisición Leg. 3736, caja 2, nº 91). Su manuscrito era leído en tertulias y mentideros, y pudo llegar a influir a Goya en sus Caprichos.
La colección de ensayos Teatro Crítico Universal del padre Benito Jerónimo Feijóo será igualmente expurgada. De la obra de Xavier Lariz de la Vega El Triunfo de la amistad y el amor más firme y tierno se dice -”obra epicúrea que propone buscar una vida de placer en las sensaciones y goces“(AHN, Inquisición, Leg. 4469, nº 28)-. De poemas eróticos como Perico y Juana se comenta: ”composición llena de obscenidades sobre vicios impíos relativos a las mujeres y a la fornicación” (AHN, Inquisición Leg. 4521, nº 9). Se prohíben también romances -como Los nombres de las señoras mujeres “por atribuirse a los nombres de los santos impuestos en el segundo bautismo vicios sospechosos a cada uno de ellos, y porque induce a las mujeres casadas a que violen la fidelidad conyugal” (AHN, Inquisición, Leg. 4493, nº 15)-, canciones de ciego, como Taranlarera Taranlará (AHN, Inquisición, Leg. 4459, nº 3)-, cartas, coplas, cuentos y “cierto tipo de representaciones teatrales” (Índice de 1790), como Lo que pasa en un torno de monjas, que se prohíbe “por ridiculizarse en él al estado religioso y a personas consagradas al Señor”, o las Cartas de Abelardo y Eloísa -prohibidas ya desde el Índice de Quiroga-.
V. El impacto inquisitorial sobre Literatura y Ciencia
En torno a la cuestión literaria existen dos opiniones histórico-filológicas opuestas: la corriente tradicional (Marcelino Menéndez y Pelayo) defiende que la influencia de la Inquisición no fue en demasía negativa: “Nunca se escribió más ni mejor en España que en los dos siglos de Oro de la Inquisición”. Por el contrario, la moderna (Américo Castro) postula que los españoles prácticamente dejaron de pensar y escribir por la coerción inquisitorial y la autocensura personal.
Marcelino Menéndez y Pelayo –Escultura sita en la BNE y obra de Lorenzo Coullaut Valera (1912)- y Americo Castro –Programa del Congreso Internacional celebrado en la BNE, 14-16 octubre, 2009-
Basculando entre ambas posturas, Henry Kamen asegura que ni los Índices ni el sistema de censura llegaron a crear una maquinaria adecuada de control: La mayor parte de los libros prohibidos no llegaron a estar siquiera al alcance de los lectores peninsulares. Los Índices son buenos repertorios bibliográficos para conocer qué les hubiera gustado prohibir a los inquisidores, pero el impacto real sobre los lectores hispanos debió de ser mínimo: Eran demasiado voluminosos, enseguida quedaban obsoletos, y los libreros los criticaron con dureza siendo, a consecuencia, difíciles de conseguir en sus establecimientos. La literatura científica aplicada y la literatura de creación a la que tenían acceso los españoles no fueron incluidas en los Índices. Tampoco fueron prohibidos los libros de caballería -los bestsellersde la época-, aunque sí que fueron criticados, entre otros, por el cronista de Aragón Jerónimo Zurita. Por su parte, el hispanista francés Joseph Pérez opina que “no fue la creación literaria la que se vio afectada por la censura inquisitorial, sino la crítica en todas sus vertientes: social, política, anticlerical, filológica. La inquisición procuró deliberadamente que los intelectuales no se dedicaran a la crítica, y les obligó, por así decir, a consagrarse a temas puramente estéticos”.
El contenido de los últimos Índices revela un papel limitado y nimio de su influencia: Góngora tendrá pequeños roces con un censor (1627), llegando a afirmar que “más vale pasar por libertino que por hereje”. Cervantes verá mínimamente castigado su Quijote en sólo una línea del Capítulo 36: “las obras de caridad que se hacen tibia y floxamente no tienen mérito ni valen nada” (Índice de Zapata, Apéndice, 980). Y Quevedo verá prohibidas “varias obras que se intitulan y dicen ser suyas, impresas antes de 1631, hasta que por su verdadero autor y corregidas, se vuelvan a imprimir (Índice de Zapata, 399) El control sobre los libros y la censura eran sistemáticamente eludidos en todos los países europeos.
Por otro lado, se tiende a afirmar que el impacto en la ciencia fue indirecto. La contribución hispánica a la navegación, la Geografía, la Historia Natural y la Medicina fue muy valorada en el resto de Europa. Según Joseph Pérez “El retraso de España en el desarrollo científico se debe al hecho de haber descuidado la investigación básica en beneficio casi exclusivo de la investigación aplicada”. Los interesados en la materia científica habían de marchar a estudiar a Italia, pero a pesar de todo, los conocimientos tecnológicos continuaban fluyendo: Se traducían tratados extranjeros, el gobierno contrataba ingenieros foráneos y técnicos católicos emigraban a la península aportando sus conocimientos. Felipe II hubo de confiar en los conocimientos de italianos, belgas y alemanes, mientras la península permanecía al margen de las principales corrientes filosóficas y científicas. Ya a mediados del XVII los intelectuales hispanos se quejan de que la Inquisición obstaculiza el saber. A finales del mismo, alemanes, suizos, flamencos e ingleses eran ya los pioneros en la investigación científica y médica, pero también eran “auctores damnati” protestantes, y sus obras estaban por tanto prohibidas de forma preventiva hasta su pretendido expurgo, produciendo el consiguiente recelo anticientífico.
Hasta aquí nuestra incursión “digital” en los libros prohibidos por la Inquisición Hispana, deseando fervorosamente que el control de las ideas sólo retorne a nuestros días en forma de broma infinita de los Monty Python.
Bibliografía
ALCALÁ GALVÉ, Angel. “Literatura y Ciencia ante la Inquisición Española”, Madrid: Ed. del Laberinto, Arcadia de las Letras, 2003
BETHENCOURT, Francisco “La Inquisición en la época moderna”. Madrid: Akal, Col. Universitaria, Moderna, 1997.
BIBLIOTECA de Bancarrota. Biblioteca de Extremadura. Acceso a los documentos digitalizados (RODA) <http://194.179.111.13:8080/biex/static/bb.action>
BIBLIOTECA Digital Teresiana. Micrositio de la Biblioteca Digital de Castilla y León. <http://bibliotecadigital.jcyl.es/bdter/es/micrositios/inicio.cmd>
BIBLIOTECA Erasmiana Hispánica: Erasmo en las bibliotecas españolas. Proyecto en línea de la Universidad de Córdoba. Área de Filología Latina. [Proyecto en línea] <http://www.uco.es/humcor/behisp/>
CABEZAS FONTANILLA, Susana. “La biblioteca de libros prohibidos del Consejo de la Suprema Inquisición conservada en la Biblioteca Nacional” enEspacio, Tiempo y Forma, Serie IV, H.’ Moderna, t. 15, 2002, págs. 105-144 [Pdf en línea] <http://e-spacio.uned.es/fez/eserv.php?pid=bibliuned:ETFSerie4-846F563A-30D8-61FA-CA19-65329D53AFC4&dsID=Documento.pdf>
DEFORNEAUX, Marcelin. “Inquisición y censura de libros en la España del siglo XVIII”, Taurus, 1973.
EXPOSICIÓN “El viaje de los libros prohibidos: Miguel Delibes, El Hereje”, abre en Valladolid. En Noticias 24 horas. RTVE a la Carta [Vídeo en línea]<http://www.rtve.es/alacarta/videos/noticias-24-horas/24-delibes-3/2009103/%20>
FOLEY, Augusta E. “El alumbradismo y sus posibles orígenes” en AIH. Actas VIII(1983), Centro Virtual Cervantes. [Pdf en línea] <http://cvc.cervantes.es/literatura/aih/pdf/08/aih_08_1_055.pdf>
GACTO FERNÁNDEZ, Enrique (coord.). “Inquisición y censura: el acoso a la inteligencia en España”, Ed. Dyckinson, 2006.
GALENDE DÍAZ, Juan Carlos y CABEZAS FONTANILLA, Susana. “Historia y documentación del Santo Oficio Español: El período fundacional”. Universidad Complutense [Pdf en línea] < http://www.ucm.es/data/cont/docs/446-2013-08-22-5%20historia.pdf>
KAMEN, Henry “La inquisición Española: una revisión histórica”, Barcelona: Crítica, 2005.
MARCAS de Impresores. Universitat de Barcelona. Centre de Recursos per a l’Aprenentatge i la Investigació. [Recurso en línea] <http://www.bib.ub.edu/fileadmin/impressors/cerca_spa.htm>
PAYER, Alois. “Antiklerikale Karikaturen und Satiren XVII: Reformation und Gegenreformation” [En línea] <http://www.payer.de/religionskritik/karikaturen17.htm>
PÉREZ, Joseph. “Breve Historia de la Inquisición en España”, Barcelona: Crítica, 2009.
ROLDAN PÉREZ, Antonio “Censura civil y censura inquisitorial en el teatro del siglo XVIII”. En Revista de la Inquisición, 1998, n 7:p. 119-136 [Pdf en línea]
SERRANO MANGAS, Fernando et al. “La Biblioteca de Barcarrota” en Alborayque: Revista de la Biblioteca de Extremadura. Nº 1. Badajoz, Octubre 2007 [Pdf en línea] <http://194.179.111.13:8080/biex/download/Alborayque_1.pdf>
SIERRA CORELLA, Antonio, “La censura de libros y papeles en España y las Indias y catálogos españoles de libros prohibidos y expurgados, Madrid: CSIC, 1947.
Manuel Pérez Rodríguez
Biblioteca Digital Hispánica
Originalmente para el Blog de la BNE